Este es el escrito de la Junta Directiva del Colegio respecto a las nuevas medidas que se van a tomar a raíz de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en la que declara la inconstitucionalidad y nulidad de pleno derecho del artículo 17.1 de la Ley de Extremadura 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, lo que significa que, a partir de este momento, la colegiación es obligatoria en Extremadura para poder ejercer la profesión de Trabajador o Trabajadora Social, tanto en el ámbito público como privado.
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